Esta Asociación Protectora de Animales “Huellas” ha tenido conocimiento a través de varios requerimientos recibidos de los vecinos de la localidad de Langa en esta provincia de Ávila que se había autorizado la caza mediante arma de fuego de los galgos asilvestrados en su término municipal.
Una vez comprobada esta orden municipal se ha sabido, hoy día 14 de diciembre, que la autorización ha sido acordada por la Junta de Castilla y León en esta ciudad basándola en la aplicación del Decreto 65/2011 de 23 de noviembre por el que se regula la conservación de las especies cinegéticas de Castilla y León, su aprovechamiento sostenible y el control poblacional de la fauna silvestre.
Nuestro Servicio Jurídico, previo a la presentación de los recursos administrativos correspondientes, ha podido determinar que esta norma HA SIDO DEROGADA con fecha 5 de mayo mediante el Decreto 32/2015, de 30 de abril, por el que se regula la conservación de las especies cinegéticas de Castilla y León, su aprovechamiento sostenible y el control poblacional de fauna silvestre.
Que analizado este Decreto se ha comprobado que no procede aplicar el abatimiento de perros asilvestrados en este caso ni en ninguno otro según se establece en este cuerpo legal, ya que, si bien es cierto que los ayuntamientos pueden establecer controles poblacionales (art. 17 del Decreto) por razones de daños, salud y seguridad de las personas y bienes, cultivos, el ganado, bosques, pesca y aguas continentales, según el artículo 29 la “autoridad municipal competente podrá autorizar la CAPTURA de animales asilvestrados” por dichos motivos, previo informe del servicio territorial competente (Junta de Castilla y león) que deberá concretar el calendario, los medios y las modalidades a emplear, pero nunca se establece SU ABATIMIENTO, SACRIFICIO, O MUERTE de estos animales, sin perjuicio de que estas acciones pudieran ser constitutivas de delito de maltrato animal del art. 337 del Código Penal en vigor.
Además la Ley 4/1996, de 12 de julio, por la que se regula el ejercicio de la caza en la Comunidad Autónoma de Castilla y León, en su artículo 9.2 establece que “Los animales domésticos asilvestrados (como sucede con los galgos) no tendrán la consideración de piezas de caza”.
Por todo lo anterior, hacemos un llamamiento a todos los ciudadanos para que denuncien cualquier actividad de abatimiento, sacrificio o muerte de perros asilvestrados en nuestra comunidad denunciándolos a las Asociaciones protectoras de animales para iniciar las acciones legales administrativas o penales oportunas.
Al mismo tiempo HUELLAS, Protectora de Animales de Ávila denuncia semejantes medidas más que crueles y gratuitas contra estos y otros animales utilizados para la caza, extremadamente sensibles y que como es bien sabido, llevan dentro el miedo grabado a sangre y fuego por el maltrato a que son sometidos en sus entrenamientos para cazar y que es la razón de su distanciamiento y desconfianza del ser humano. Una vez que los galgos conocen las manos amigas del buen trato son animales excepcionales para vivir en compañía.
Servicio Jurídico HUELLAS, ÁVILA
